sábado, 12 de septiembre de 2020

EL PUEBLO GALLEGO, 08.03.1924 CAMPAÑA EN DEFENSA DE LA PESCA



08-03-1924
LA CAMPAÑA EN DEFENSA DE LA PESCA
                La Junta Directiva de la Unión de Fabricantes de Conservas de Galicia, ha continuado durante los últimos días las gestiones preparatorias para la campaña que va a realizar en breve, en defensa de la pesca y contra  todo procedimiento ilícito que tienda a la extinción de esa riqueza de nuestra costa.
                El General, Gobernador señor Rodríguez del Barrio, a quien se le ha ofrecido la Presidencia del Comité que ha de llevar a cabo esa misión, ha tenido a bien aceptarla, demostrando así, una vez más, su compenetración con los intereses vitales de territorio a su mando y su decidida voluntad de contribuir por todos los medios  a su alcance al progreso del mismo. También, se invitará inmediatamente a las demás autoridades y presidentes de organismos que han de tener representación en dicho Comité. En los trabajos ya efectuados con motivo de la campaña próxima a emprenderse, han intervenido emitiendo informes muy importantes las delegaciones de las principales sociedades de la ría de Vigo, cuya finalidad está en íntima conexión con la pesca. De esas impresiones se desprende que es de necesidad urgente plantear ante el Directorio los problemas cuya resolución favorable puede evitar o contener los males que hoy afectan a la industria pesquera de nuestro litoral. Esos problemas, según las opiniones expuestas por muchos delegados, pueden condensarse en la forma siguiente:
                Reglamentación del mallaje de los aparejos de arrastre para su uso en el mar libre, de modo que el número de mallas no exceda de cinco, en veintiún centímetros en el copo.
                Que se gestione un acuerdo internacional estableciendo la veda de los aparejos de arrastre, por espacio de cuatro meses, en una zona de seis millas del mar libre, próximo a las aguas territoriales y fiscales, o sea a doce millas de la costa.
                Que se castigue con fuertes multas a los tripulantes y con amarre de los barcos el empleo de los aparejos de arrastre en las aguas territoriales y fiscales.
                Que el uso de explosivos en la pesca sea penado con prisión de dos a cinco años para los tripulantes y amarre del barco por un año cuando alguno de aquellos sea copartícipe en la propiedad del mismo.
                Que la tenencia de las rapetas, bous y aparejos no lícitos en embarcaciones menores, cuyo uso está prohibido en las aguas jurisdiccionales, sea considerada como delito y le sea aplicada la oportuna sanción, que pudiera ser: multa de 250 pesetas, destrucción del aparejo y pérdida del pescado cogido; y en caso de reincidencia, doble multa y se vare el barco por seis meses.
                Vigilancia intensa, con barcos y elementos adecuados para que resulte absolutamente eficaz.

LA PESCA CON ARRASTRE
CINCO PAREJAS APRESADAS
Ayer salió a vigilar la pesca el cañonero “Dorado”
A la altura de Oya y cerca de la costa sorprendió pescando con aparejos de arrastre a las parejas formadas por los siguientes vaporcitos:
“Manolito” y “Almirante” de La Guardia; “María” y “Francisco Barreras” de Bouzas; “Asturias” de Bouzas y “Boer” de Vigo; “Urbano” de Coya y “Santa Librada núm 2” y “Santa Librada núm 3” de Bouzas.
Estos dos últimos pesqueros se resistieron a ser apresados, huyendo a toda velocidad del cañonero, que se vio obligado a disparar dos cañonazos con pólvora seca y uno con bala. Por fortuna, el último disparo no hizo blanco. La persecución de los dos pesqueros duró desde la una de la tarde hasta cerca de las dos.
Una vez al costado del “Dorado”, su Comandante, el Teniente de Navío, D. Teodoro Leste, divisó varias parejas más en las proximidades de la anterior, y para aprehenderlas ordenó ue el Contramaestre, con dos marineros armados, embarcase cada uno de los “Santa Librada… y se dirigiese a los demás vapores, recogiéndolos a todos y trayéndolos escoltados hasta el pozo del puerto, donde quedaron fondeados.
Las parejas tenían todas a su bordo de 14 a 40 cajas de pescado, en su mayoría pescadilla, que quedaron decomisadas.
El señor Leste consintió en dejar desembarcar la tripulación de los buques apresados, ordenando que permaneciesen a bordo los patrones de costa.
Patronea el vapor Asturias, D. Manuel Beiga; el Boer, don Ramón Pereira; y el Francisco Barrera, D. Fortunato Larrán y el María, D. Augusto Larrán.
De estas aprehensiones se dio cuenta a la Comandancia de marina.
Aplaudimos el celo del señor Comandante del guardapescas “Dorado” señor Leste, al cual alentamos para que prosiga en la persecución de una pesca ilícita que arruina al país y extermina la principal riqueza de la comarca. Al egoísmo suicida de los dueños o tripulantes de las parejas hay que oponer una eficaz vigilancia y unas sanciones férreas que sirvan de ejemplar escarmiento.


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